Organismos De Control en Colombia . Semana del 7 al 11 de septiembre. Grados Octavos

Buenos días Grados  : 801 y 802

Profesora: Judith Martínez

EXPLICACION: Buenos días
 Se les recuerda que este trabajo solo se recibe entre el 7 y 11 de Septiembre por disposición del Consejo Académico y si tiene un problema de salud debe presentar las excusas necesarias para la entrega posterior que no debe ser mas de 5 días. Los trabajos que ustedes tienen atrasados en Sociales , ética y religión solo se reciben hasta el 5 de septiembre. 
Este trabajo esta conectado a la información que yo les deje la semana pasada y en la cual me apoyare para la elaboración de este trabajo . Se les recuerda que el Consejo Académico en una Reunión decidió fusionar el área de ética y religión para que no tuvieran exceso de trabajos ya que muchos estaban atrasados en la entrega de esas tareas. Así que los envíos  de Ética , evalúan a religión también así que deben tener cuidado en el envió de todos los trabajos .
Revisen los correos  en Sociales debieron enviar 7 trabajos, en Ética 6 trabajos y en religión 6 trabajos recibidos , hasta donde vamos, como son suficientes notas , mas la autoevaluación que va medir la puntualidad en la entrega de trabajos, el respeto hacia el docente , la limpieza en la elaboración de los trabajos , también, ustedes deben buscar a algún compañero que los evalué en la coevaluación . Las reuniones virtuales son cada 15 días pero cuando no dejemos trabajo no las vamos a realizar . En este ultimo bimestre algunos trabajos se van a colocar como información para tus conocimientos y no se va a pedir trabajo pero si el trabajo tiene preguntas se deben enviar preguntas y respuestas al Class Room evite el correo porque ya esta congestionado y puede que oculte tus trabajos y no los deje ver . Favor enviar  siempre en la fecha estipulada para evitar bajar la nota . Leer bien los textos del gobierno colombiano,  y de los organismos de control, mirar los títulos  y ubicar las respuestas de acuerdo a la lectura , si hay dudas es mejor investigar .Gracias 

El Gobierno De Los   Indígenas




 
Comunicado público comisión nacional de territorios indígenas: Gobierno  Nacional incumple acuerdos - Consejo Regional Indígena del Cauca - CRIC

Los pueblos originarios tienen autoridades propias que deben proteger y desarrollar a sus comunidades



El estado colombiano actual reconoce la Multiculturalidad de la sociedad colombiana , lo que significa que admite la existencia de diversos grupos culturales o etnias entre la población. Así mismo reconoce varios tipos de lenguas  o idiomas , además del español  que es la que habla la mayor parte de habitantes .

El gobierno colombiano se ha comprometido a proteger las identidades culturales de la población colombiana , para conservar sus colectivos de vida, costumbres, lenguas y conocimientos tradicionales . Las etnias indígenas son consideradas minorías étnicas ,también son considerados comunidades étnicas minoritarias los afrodescendientes antes de 1991, los indígenas colombianos no tenían derechos , ni autonomía sobre sus tierras , no eran tenidos en cuenta en las votaciones ni en las elecciones del Estado y vivan alejados de las comunidades urbanas . 

 Las leyes actuales reconocen esos derechos para las comunidades indígenas y los afrodescendientes . En Las Entidades Territoriales Indígenas ( ETIS) son administradas y gobernadas por las propias comunidades indígenas quienes cuentan con los mismos derechos y deberes que el resto de los ciudadanos colombianos  .
Las Autoridades e instituciones indígenas
En los territorios indígenas las autoridades son los Consejos o los Cabildos los cuales están reglamentados según las costumbres de cada comunidad ..

Los Consejos son autónomos para proponer  reglas que garanticen una buena convivencia entre los habitantes y para elegir a sus propios miembros , pero esas leyes deben respetar la Constitución del 91.

A nivel nacional las comunidades indígenas tienen 3 curules en el Congreso , dos se encuentran en el Senado y una en la Cámara.

Los afrodescendientes tienen dos cupos en la cámara de representantes. Los indígenas poseen su propio movimiento político llamado Autoridades Indígenas  De Colombia ( AICO) , Surgió en 1990 al ser invocada la Asamblea Constituyente para que sean representados las comunidades Indígenas  .

Algunas atribuciones de los Consejos indígenas son :
Defender las tierras indígenas llamadas  resguardos o las tierras comunitarias .
Promover el desarrollo de sus comunidades 
Velar por la protección de los recursos Naturales .
Representar a sus comunidades frente al Gobierno Nacional .

Cada grupo indígena tiene la Libertad de imponer castigos a los que violen la ley o incumplan con las normas de la comunidad , generalmente estos casos son resueltos por una Democracia Directa  ,es decir por medio de una Reunión o asamblea donde toman decisiones en compañía de las personas involucradas en el conflicto.

Los organismos De Control En Colombia



Defensoría del Pueblo
En un pais democrático las autoridades y las instituciones deben funcionar con independencia entre si ,desempeñar sus actividades con honestidad y responsabilidad  y velar por los intereses de los ciudadanos, eso aqui en Colombia no se ve . El respeto al  Estado Social De Derecho es un requisito para lograr una verdadera convivencia democrática en nuestro pais .

Para asegurar que las autoridades y los funcionarios cumplan su deber existen instituciones que deberían supervisar  y controlar las ramas del poder publico , pero como en este pais todo lo manipulan y sabotean con el poder eso es muy difícil que se cumpla.
Los organismos de Control son  EL MINISTERIO PUBLICO que esta integrado por La Procuraduría General De La Nacion y la Defensoría Del Pueblo  y la Contraloria GENERAL  De La Nacion.

Por ultimo Las veedurías Ciudadanas son mecanismos de representación que permiten a los ciudadanos ejercer funciones de fiscalización sobre las autoridades 

Las relaciones entre los organismos de control se pueden representar  en el siguiente mapa conceptual 







ORGANISMOS DE CONTROL 
Contraloría general 
de la nación 
Procuraduría general 
de nación 
Consejo nacional 
electoral 
Re...





LA PROCURADURIOA GENERAL DE LA NACION 

La Procuraduría General de la Nación es la encargada de iniciar, adelantar y fallar las investigaciones que por faltas disciplinarias se adelanten contra los servidores públicos y contra los particulares que ejercen funciones públicas o manejan dineros del estado, de conformidad con lo establecido en el Código Único ...


La Procuraduría General de la Nación es la Entidad que representa a los ciudadanos ante el Estado. Es el máximo organismo del Ministerio Público, conformado además por la Defensoría del Pueblo y las personerías.

Conformada por cerca de 4 mil servidores, la Procuraduría tiene autonomía administrativa, financiera y presupuestal en los términos definidos por el Estatuto Orgánico del Presupuesto Nacional. Es su obligación velar por el correcto ejercicio de las funciones encomendadas en la Constitución y la Ley a servidores públicos y lo hace a través de sus tres funciones misionales principales:

La función preventiva

Considerada la principal responsabilidad de la Procuraduría que esta empeñada en “prevenir antes que sancionar”, vigilar el actuar de los servidores públicos y advertir cualquier hecho que pueda ser violatorio de las normas vigentes, sin que ello implique coadministración o intromisión en la gestión de las entidades estatales.

La función de intervención

En su calidad de sujeto procesal la Procuraduría General de la Nación interviene ante las jurisdicciones Contencioso Administrativa, Constitucional y ante las diferentes instancias de las jurisdicciones penal, penal militar, civil, ambiental y agraria, de familia, laboral, ante el Consejo Superior de la Judicatura y las autoridades administrativas y de policía. Su facultad de intervención no es facultativa sino imperativa y se desarrolla de forma selectiva cuando el Procurador General de la Nación lo considere necesario y cobra trascendencia siempre que se desarrolle en defensa de los derechos y las garantías fundamentales.

La función disciplinaria

La Procuraduría General de la Nación es la encargada de iniciar, adelantar y fallar las investigaciones que por faltas disciplinarias se adelanten contra los servidores públicos y contra los particulares que ejercen funciones públicas o manejan dineros del estado, de conformidad con lo establecido en el Código Único Disciplinario ó Ley 734 de 2002.

La Defensoría Del Pueblo


¿QUÉ ES EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACIÓN?

El Defensor del Pueblo es un órgano independiente instituido en el ámbito del Congreso de la Nación, que actúa con plena autonomía funcional y sin recibir instrucciones de ninguna autoridad.

Según el artículo 86 de la Constitución Nacional, el Defensor del Pueblo tiene legitimación procesal, es decir que está facultado para presentarse en sede judicial, y es designado y removido por el H. Congreso de la Nación con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de cada una de las Cámaras. El mismo durará en su cargo cinco años, pudiendo ser nuevamente designado por una sola vez.

¿CUÁL ES LA MISIÓN DEL DEFENSOR DEL PUEBLO?

La misión del Defensor del Pueblo de la Nación es doble: por un lado, se encarga de la defensa y protección de los derechos, garantías e intereses tutelados en la Constitución Nacional y las leyes, ante hechos, actos u omisiones de la Administración y, por el otro, también se ocupa del control del ejercicio de las funciones administrativas públicas.

Para atender los reclamos, el Defensor del Pueblo de la Nación está facultado para realizar investigaciones, inspecciones, verificaciones, solicitar expedientes, informes, documentos, antecedentes, determinar la producción de toda otra medida probatoria o elemento que estime útil a los fines de la investigación.

El Defensor del Pueblo de la Nación también está facultado para proponer al Poder Legislativo y a la Administración Pública la modificación de aquellas normas cuyo cumplimiento riguroso pueda provocar situaciones injustas o perjudiciales.

Las competencias del Defensor del Pueblo de la Nación incluyen las preventivas y las reparadoras. Por las primeras, tiene la atribución de investigar, criticar, opinar y recibir denuncias, requiriendo para todo esto la colaboración de los órganos del poder. En relación a las segundas, puede hacer uso de su legitimación procesal para demandar ante organismos jurisdiccionales las violaciones contempladas en sus facultades aunque su misión primordial es la de colaborador crítico y no de litigante pues la Defensoría tiende, precisamente, a evitar los costos y las dilaciones que suponen los procesos judiciales.

En el ejercicio de las misiones que la Constitución Nacional y la Ley le encomiendan, el Defensor del Pueblo de la Nación podrá iniciar y proseguir de oficio o a petición del interesado cualquier tipo de investigación.


LA CONTRALORIA GENERAL DE LA NACION



Resultado de imagen para SIMBOLO DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA N ACION


La Constitución Política de 1991, en su artículo 267, establece que: "El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación".

En la Carta Política, el control fiscal a la gestión pública pasó de ser previo y perceptivo, a posterior y selectivo. No obstante, el nuevo enfoque del control permite la aplicación de un control de advertencia o de prevención, para que el administrador público conozca en tiempo real las inconsistencias detectadas por la Contraloría y, mediante la aplicación de un control de corrección, proceda a subsanarlas, con lo cual lograremos entidades más eficientes y eficaces, cumpliendo con el fin último del control que es el mejoramiento continuo de las entidades públicas.

Actualmente, la entidad cuenta con una planta de personal de 4.057 cargos de los cuales 3.934 son cargos de carrera administrativa y 123 son de libre nombramiento y remoción.

Los cargos en todo el país tienen su sistema de carrera administrativa especial plenamente desarrollado y aplicado.

¿Cómo se ubica en la estructura del Estado?

La Contraloría General de la República es uno de los órganos autónomos e independientes del Estado, al lado del Ministerio Público, el Consejo Nacional Electoral y la Comisión Nacional de Televisión. ver estructura del Estado.

¿Quién nos controla?

La Auditoría General de la República es la entidad encargada de ejercer el control fiscal sobre la gestión de la CGR y de las contralorías territoriales.

Cabe anotar que a partir de la Constitución de 1991, la Auditoría General de la República comenzó un proceso de independencia presupuestal frente a la CGR, con el artículo 274, que se hizo efectivo con la sentencia de la Corte Constitucional 1339 de 2000.

¿Qué hace la CGR?

En cumplimiento del artículo 119 de la Constitución Nacional, la Contraloría General de la República ejerce, en representación de la comunidad, la vigilancia de la gestión fiscal y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación.

Evalúa los resultados obtenidos por las diferentes organizaciones y entidades del Estado, al determinar si adquieren, manejan y/o usan los recursos públicos dentro del marco legal, sujetos a los principios de economía, eficiencia, eficacia, equidad y sostenibilidad ambiental.

Examina la razonabilidad de los estados financieros de los sujetos de control fiscal y determina en qué medida logran sus objetivos y cumplen sus planes, programas y proyectos.

Tiene a su cargo establecer la responsabilidad fiscal de los servidores públicos y de los particulares que causen, por acción o por omisión y en forma dolosa o culposa, un daño al patrimonio del Estado.

Impone las sanciones pecuniarias que correspondan y las demás acciones derivadas del ejercicio de la vigilancia fiscal.

Procura, igualmente, el resarcimiento del patrimonio público.

En ejercicio de la denominada jurisdicción coactiva, intenta recuperar los recursos y bienes públicos que han sido objeto de deterioro como resultado de su mala administración o que han sido apropiados en forma indebida por los funcionarios o por los particulares.

Adicionalmente, la Contraloría General de la República genera una cultura de control del patrimonio del Estado y de la gestión pública.

El organismo fiscalizador promueve la transparencia en el uso de los recursos públicos, mediante un proceso estratégico y focalizado en aquellas entidades y/o áreas de alto riesgo previamente identificadas.

La CGR vincula activamente a la ciudadanía en el control de la gestión pública y apoya técnicamente al Congreso de la República para el ejercicio del control político y el desarrollo de la función legislativa.

Las Veedurías  Ciudadanas 

a veeduría ciudadana es un mecanismo de control social, mediante el cual los ciudadanos y ciudadanas vigilan, fiscalizan y controlan la administración y gestión de lo público y también del sector privado que maneje recursos públicos o desarrolle actividades de interés público.

Las veedurías pueden surgir por la iniciativa de los ciudadanos  o ser impulsadas por organizaciones comunitarias , profesionales y juveniles  laborales o de beneficencia, por ello deben inscribirse  en  Las Personerías  Municipales   y rendir cuentas a las personas  o las agrupaciones  sociales que representan ..

La Organización Electoral En Colombia .
Artículo 120 de la Constitución Política de Colombia: “La Organización Electoral está conformada por el Consejo Nacional Electoral, por la Registraduría Nacional del Estado Civil y por los demás organismos que establezca la Ley...
Las AutoridadesArtículo 264. El Consejo Nacional Electoral se compondrá de nueve (9) miembros elegidos por el Congreso de la República en pleno, para un período institucional de cuatro (4) años, mediante el Sistema de Cifra Repartidora, previa postulación de los partidos o movimientos políticos con personería jurídica o por coaliciones entre ellos. Sus miembros serán servidores públicos de dedicación exclusiva, tendrán las mismas calidades, inhabilidades, incompatibilidades y derechos de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

PARÁGRAFO. La jurisdicción contencioso administrativa decidirá la acción de nulidad electoral en el término máximo de un (1) año. En los casos de única instancia, según la ley, el término para decidir no podrá exceder de seis (6) meses.

* Modificado por Acto Legislativo 1/2003.
* Modificado por Acto Legislativo 2/2015.

Artículo 265

Artículo 265. El Consejo Nacional Electoral tendrá, de conformidad con la ley, las siguientes atribuciones especiales:

1. Ejercer la suprema inspección y vigilancia de la organización electoral.
2. Elegir y remover al Registrador Nacional del Estado Civil.
3. Conocer y decidir definitivamente los recursos que se interpongan contra las decisiones de sus delegados sobre escrutinios generales y en tales casos hacer la declaratoria de elección y expedir las credenciales correspondientes.
4. Servir de cuerpo consultivo del Gobierno en materias de su competencia, presentar proyectos de acto legislativo y de ley, y recomendar proyectos de decreto.
5. Velar por el cumplimiento de las normas sobre partidos y movimientos políticos y de las disposiciones sobre publicidad y encuestas de opinión política; por los derechos de la oposición y de las minorías, y por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías.
6. Distribuir los aportes que para el financiamiento de las campañas electorales y para asegurar el derecho de participación política de los ciudadanos, establezca la ley.
7. Efectuar el escrutinio general de toda votación nacional, hacer la declaratoria de elección y expedir las credenciales a que haya lugar.
8. Reconocer la personería jurídica de los partidos y movimientos políticos.
9. Reglamentar la participación de los partidos y movimientos políticos en los medios de comunicación social del Estado.
10. Colaborar para la realización de consultas internas de los partidos y movimientos para la escogencia de sus candidatos.
11. Darse su propio reglamento.
12. Las demás que le confiera la ley.

Artículo 266

Artículo 266. El Registrador Nacional del Estado Civil será escogido por los Presidentes de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, mediante concurso de méritos organizado según la ley.

Su período será de cuatro (4) años, deberá reunir las mismas calidades que exige la Constitución Política para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia y no haber ejercido funciones en cargos directivos en partidos o movimientos políticos dentro del año inmediatamente anterior a su elección.

Ejercerá las funciones que establezca la ley, incluida la dirección y organización de las elecciones, el registro civil y la identificación de las personas, así como la de celebrar contratos en nombre de la Nación, en los casos que aquella disponga.

La Registraduría Nacional estará conformada por servidores públicos que pertenezcan a una carrera administrativa especial a la cual se ingresará exclusivamente por concurso de méritos y que preverá el retiro flexible de conformidad con las necesidades del servicio. En todo caso, los cargos de responsabilidad administrativa o electoral serán de libre remoción, de conformidad con la ley.

PARÁGRAFO TRANSITORIO. El período de los actuales miembros del Consejo Nacional Electoral y Registrador Nacional del Estado Civil irá hasta el año 2006. La siguiente elección de unos y otro se hará de conformidad con lo dispuesto en el presente Acto Legislativo.

* Modificado por Acto Legislativo 1/2003.
* Modificado por Acto Legislativo 2/2015.des  Electorales
LA REGISTRADURIA GENERAL DEL ESTADO CIVIL
Es el organismo encargado de dirigir y organizar las elecciones , ademas de llevar el registro civil  y la identificación de las personas , el cual se utiliza para evitar problemas como el fraude electoral, otras funciones son:

 Proponer las iniciativas sobre proyectos de ley y presentarlos a consideración del Consejo Nacional Electoral por conducto del Registrador Nacional, así como los decretos y demás normas relacionadas con la función de registro civil.

 Adoptar las políticas del registro civil en Colombia y atender lo relacionado con la adopción, ejecución y control de los planes y programas propios del registro civil con miras a garantizar su óptimo funcionamiento.

 Garantizar en el país y el exterior, la inscripción confiable y efectiva de los hechos, actos y providencias sujetos a registro, proferir las autorizaciones a los entes o autoridades habilitadas legalmente para que concurran en el cumplimiento de dicha función, y conocer mediante los actos administrativos pertinentes de todo lo relativo a cancelaciones, reconstrucciones, anulaciones, modelos de expedición y demás actos jurídicos sobre el registro civil.

 Expedir las copias de registro civil de las personas que sean solicitadas de conformidad con las leyes vigentes.

 Atender el manejo, clasificación, archivo y recuperación de la información relacionada con el registro civil.

 Difundir las normas y procedimientos a seguir dentro del proceso de registro civil y adelantar campañas y programas de capacitación en la materia.

 Coordinar y armonizar con los demás organismos y entes del Estado las políticas, desarrollo y consulta en materia de registro civil.

 Adelantar inspección y vigilancia de los servicios de registro del estado civil de las personas.

 Realizar o promover estudios, investigaciones y compilaciones en materia de registro del estado civil de las personas y divulgar los resultados.

 Proteger el ejercicio del derecho al sufragio y otorgar plenas garantías a los ciudadanos, actuando con imparcialidad, de tal manera que ningún partido o grupo político pueda derivar ventaja sobre los demás.

 Dirigir y organizar el proceso electoral y demás mecanismos de participación ciudadana y elaborar los respectivos calendarios electorales.

 Llevar el Censo Nacional Electoral.

 Asesorar y prestar el apoyo pertinente en los procesos de elecciones de diversa índole en que las disposiciones legales así lo determinen.

 Llevar las estadísticas de naturaleza electoral relacionadas con los resultados obtenidos en los debates electorales y procesos de participación ciudadana.

 Coordinar con los organismos y autoridades competentes del Estado las acciones orientadas al desarrollo óptimo de los eventos electorales y de participación ciudadana.

LAS NORMAS SOBRE EL SUFRAGI

Características del sufragio

Características del Voto:
  • ES UN DEBER Y UN DERECHO. ...
  • LIBRE. ...
  • EL VOTO ES SECRETO. ...
  • ELECTIVO Y PARTICIPATIVO. ...
  • EL SUFRAGIO ES INDIVIDUAL Y PERSONAL. ...
  • ES UNIVERSAL.

A) La Registraduria Nacional del Estado civil.

B) La Corte Constitucional

C) La Fiscalía General de la Nación

D) La Contraloría General de La Republica) Observe la siguiente fotografía,  que corresponde a una obra pública inconclusa , luego seleccione la respuesta correcta; que entidad del Estado tiene la responsabilidad de mejorar esta situación :El sufragio es un elemento esencial en los Estados democráticos, aunque tiene las restricciones de las leyes o normas que lo garantizan. En la actualidad, el sufragio es equiparable al significado de elecciones. Es, sin duda, una garantía para la elección de los gobernantes, en igualdad de condiciones. Ha de tenerse muy presente que la consulta al pueblo no supone la delegación en el mismo de la competencia que, en realidad, tiene el órgano decisorio del Estado que corresponda; prueba de ello es el carácter facultativo de la propia convocatoria de la consulta.

El pueblo no sustituye al poder público, sino que se introduce en el procedimiento consultivo en el segundo lugar. En este sentido, consultivo no es sinónimo de no vinculante, sino de no ratificador o sancionador. Lo que sí parece difícilmente discutible, más allá de cualquier regulación normativa, es que el resultado del referendo nacional siempre debería ser vinculante.16

La palabra "sufragio" procede etimológicamente de la voz latina suffragium, que significa apoyo o auxilio y se define como: "Sistema electoral para la provisión de cargos. Voto de quien tiene capacidad de elegir".17 Dicho voto puede ser restringido (se reserva su ejercicio para los ciudadanos que reúnen ciertas condiciones) o universal (tienen derecho a participar todos los ciudadanos, salvo determinadas excepciones). Al contrario de lo que se pueda pensar:

El sufragio, cualquiera que sea su modalidad o periodicidad con que se ejerza, es un derecho y un deber subjetivo y objetivo que se inserta dentro de los derechos políticos de los hombres y es el medio o instrumento apreciable cuantitativamente, que tiene el nacional de un Estado capaz de realizar actos políticos, para participar en la vida pública de su país.18

El sufragio se puede entender de dos formas: i) en sentido amplio, que hace alusión al derecho por el cual un ciudadano participa activamente en la formación de la voluntad de la comunidad social, y ii) en sentido estricto o restringido, que es el acto mediante el que el ciudadano exterioriza, con su voto, su preferencia política.19

No obstante, en un Estado constitucional democrático, la representación popular no es absoluta, tiene sus límites, esto es, las elecciones no legitiman todos los actos del poder. En todo caso, los ganadores en las elecciones no tienen un poder ilimitado; por el contrario, han de respetar la Constitución, someterse al control político ejercido por el Parlamento y al jurídico a cargo del poder Judicial. No debe olvidarse, además, que se trata de titulares ocasionales del poder que han de rendir cuentas en la próxima convocatoria electoral, en la cual los electores deberán evaluar de nuevo tanto la labor del Gobierno como la de la oposición a la hora de emitir de nuevo su voto.

La limitación material del poder consiste, ante todo, en que los poderes constituidos estén supeditados a las normas. Además, el Estado no puede transgredir los derechos fundamentales, que hoy constituyen una especie de derecho común de todos los países con un sistema constitucional democrático.

Los investigadores más relevantes en derecho electoral definen el término sufragio como análogo a votar o elegir, como un derecho constitucional y político, que legitima políticamente a un Gobierno democrático. Incluso se puede ejercer el derecho de la abstención; por eso, el voto es "una manifestación de un pensamiento político y, por este motivo, el proceso electoral se dirigirá a obligar a los electores a formarlo y manifestarlo".20


2.1. El sufragio como derecho, deber y función

Según Kelsen,21 el sufragio permite al ciudadano titular de ese derecho, sea activo o pasivo, formar parte de la voluntad del Estado por medio del mecanismo de la producción de las normas por voluntad objetiva, es decir, mediante la participación del pueblo. "Sin sufragio no puede haber democracia, y esto es así porque la democracia es el poder del pueblo delegado, por lo que a este corresponde su debido ejercicio y protección, de la mano también con un Estado responsable".22 Por ende, es un elemento ineludible en la participación política; no puede ser sustituido y ha de ser universal, libre, secreto, directo e igual para todos y se debe ejercer sin coacciones ni mediación alguna.

Es necesario diferenciar entre los votantes y los electores. Estos últimos pueden ejercer o no su derecho al voto si cumplen los requisitos y se encuentran inscritos en el censo electoral. El votante es el elector que ha ejercido su derecho al depositar su voto en la urna.

Se trata de una obligación ética al margen de la regulación jurídica que en modo alguno sanciona la abstención. En la campaña institucional ni tan siquiera se puede promover la participación; solo se informa la fecha de celebración de las elecciones y de la posibilidad de ejercer el derecho de sufragio por correo.

Varios elementos esenciales presiden el derecho de sufragio

    — Se debe ejercer en libertad, esto es, sin amenazas o coacciones que afecten la libertad individual del votante.

    — Pueden votar los mayores de 18 años capacitados (art. 12 CE).

    — Tienen capacidad para ejercer el derecho de sufragio activo los no incapacitados o internados en centros psiquiátricos por sentencia firme.

    — Pueden sufragar los connacionales e. Los residentes extranjeros solo pueden ser titulares de ese derecho en las condiciones del Artículo 13.2 CE, esto es, en elecciones locales, en régimen de reciprocidad.

La edad y la capacidad son las restricciones objetivas negativas clásicas, junto con la calidad de condenado. Al especificarlas en las leyes, se intenta asegurar que todos aquellos que ejerzan su derecho estén capacitados para hacerlo. Por ser un derecho cuyo ejercicio es directo, no cabe representación por parte de tutores o guardas de los menores de edad o incapaces.

Como se ha analizado, conforme establece el Artículo 1.2 CE, en las democracias actuales el poder emana del pueblo y lo ejercen sus representantes, electos por los ciudadanos mediante su derecho al sufragio (universal, directo, libre, secreto, sin coacción, etc.). Hay tres funciones políticas que hacen posible el derecho a la participación electoral: i) elegir representantes parlamentarios en un proceso electoral; ii) conformar Gobiernos plurales y diversos, y iii) legitimar mediante el voto de los ciudadanos, para poder ser gobernados por sus representantes, en la medida en que poseen justo título para el ejercicio de su cargo. Por todos estos planteamientos, hay una alta correlación: cuanto mayor sea la participación electoral, mayor legitimidad para los representantes. .

 Las colectividades políticas presentan listas con candidatos al Congreso , a las Asambleas y a los Consejos . Los cuales pueden tener voto preferente o ser listas cerradas. El voto preferente significa que los electores pueden señalar en el tarjetón cuales candidatos son de su preferencia , lo cual reorganiza en su orden en el recuento de votos .En las listas cerradas , en cambio el elector no puede elegir ,de modo que los candidatos conservan el orden en que fueron inscritos 

Con base a la información de la semana anterior sobre el gobierno Colombiano ,los organismos de control, y las ramas del poder publico conteste las siguientes preguntas :

1. Completa los siguientes párrafos:

 A)Los  ------------------------------------------- son las instituciones encargadas de los procesos judiciales a nivel de cada municipio y de emitir fallos y sentencias , es decir son los que dan la razon  a alguna de las partes involucradas.


B)En los resguardos las normas y sanciones  a los miembros  son establecidos por los ----------------o-----------------------.

 C)A nivel Nacional es el Máximo

 Tribunal de justicia: La  ----------------------    -------------------  -----    ----------------------

D) Los asuntos específicos de la Administración y del Gobierno son  asumidos por los 

--------------------------

2. Las entidades territoriales son: ----------------------------,-----------------------------,-------------------------------- y ----------------------------   -------------------------------  -----------------------    

3. Lee el siguiente texto y luego selecciona la respuesta correcta :

" El parlamento juvenil del Mercosur es un escenario que integra a jovenes representantes del Brasil , Argentina, Bolivia , Colombia, Paraguay y Uruguay , en torno al ejercicio de una ciudadanía activa , que les permita participar e incidir en el diseño y la ejecución de las políticas publicas educativas   " (2012 al 2014) Lo que justifica la creación del parlamento juvenil es:

A)  Una iniciativa que forma parte de las Veedurías Ciudadanas .

B) Forman parte de los 9 miembros del Consejo Nacional electoral.

C) Regulan los Cabildos de las comunidades indígenas.

D) Un organismo que investiga y somete a juicio a los ciudadanos que han cometidos delitos.

4.) La constitución de 1886 estuvo vigente hasta 1991. Por mas de cien años Colombia Colombia estuvo orientada en su vida política, social y económica por una constitución que  : 

A) Apoyo los derechos de la elite y los comerciantes

B) Apoyo los derechos de los sectores menos favorecidos 

C) Defendió el centralismo y a la iglesia católica.

D) Defendió el federalismo   y la libertad de cultos.

5) La autonomía otorgada  alas autoridades territoriales indígenas es posible gracias a dos principios  expresados en la Constitución de 1991 que son:

A) El derecho al trabajo y a la descentralización.

B)  La descentralización y la multiculturalidad.

C) La descentralización y la soberanía.

D) El estado Unitario y la descentralización

6) Observe la siguiente fotografía,  que corresponde a una obra pública inconclusa , luego seleccione la respuesta correcta; que entidad del Estado tiene la responsabilidad de mejorar esta situación :




Lista de las obras inconclusas de Odebrecht en Venezuela | La Razón



A) La Registraduria Nacional del Estado civil.

B) La Corte Constitucional

C) La Fiscalía General de la Nación

D) La Contraloría General de La Republica

7) Las siguientes características del voto se tienen en cuenta hoy en día pero existe una que no corresponde, seleccione cual es la característica que no corresponde al sufragio Universal

A) Puede votar todo ciudadano colombiano residente en el exterior.

 B) Pueden votar  los ciudadanos mayores de 18 años

C) Puede votar una persona incapacitada mentalmente

D) El voto es un derecho totalmente secreto.

 8) Es una entidad de la organización electoral en Colombia:

A) La veeduría Ciudadana

B) La Registraduría Nacional Del Estado Civil

C) El Ministerio Publico.

D) Las personerías municipales

9) Una de las diferencias entre la Contraloría General de la nación y los Ministerios de Colombia  es :

A)La Contraloría es un organismo autónomo  e independiente del Estado  y  Los ministerios tienen una relación directa con el Gobierno .

B) La Contraloría es un organismo dependiente del gobierno y los ministerios son autónomos e independientes del Estado .

C) La Contraloría y los ministerios son organismos adscritos al gobierno y dependen de sus decisiones.

D) Tanto la Contraloría como los ministerios son organismos totalmente independientes del Estado y en Consecuencia actúan libremente..

10) El voto preferente es una modalidad de sufragio que consiste en que los :

A) Ciudadanos pueden marcar su preferencia por algunos candidatos en una lista.

B) Funcionarios del gobierno marcan en el voto sus candidatos 

C) Organismos electorales designan a los candidatos que prefieren para los puestos públicos.

D) Partidos políticos señalan sus preferencias por candidatos  


 



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